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USCIS Alcanza la Cantidad Máxima Reglamentaria de Visas CW-1 para el Año Fiscal 2017

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Esta sección contiene información que ya no está vigente pero permanece en nuestro sitio web para propósitos de referencia.

Fecha de Publicación
10/21/2016

USCIS ha alcanzado una cantidad suficiente de peticiones para alcanzar el límite (“cantidad máxima reglamentaria”) de 12,998 trabajadores a quienes se les pueden otorgar visas de Trabajadores Transicionales Solo de CNMI (CW-1) o de alguna otra manera proporcionarles estatus CW-1 para el año fiscal 2017. El 14 de octubre de 2016 fue la fecha final de recibo de peticiones de visas de trabajadores CW-1 que solicitan una fecha de comienzo de empleo previa al 1 de octubre de 2017.

Qué sucede después que se alcanza la cantidad máxima reglamentaria

USCIS rechazará las peticiones de visas CW-1recibidas después del 14 de octubre de 2016 y que solicitan una fecha de comienzo en el empleo antes del 1 de octubre de 2017. Esto incluye las peticiones CW-1 de extensión de estadía que están sujetas a la cantidad máxima reglamentaria. Devolveremos los pagos de tarifas de presentación de toda petición CW-1 que sea rechazada.

Si una petición de extensión de estadía es rechazada, los beneficiarios que aparecen en esa petición no tendrán permiso para trabajar después de que venza el periodo de validez de la petición que había sido aprobada anteriormente. Por esto, los beneficiarios afectados, incluidos todos los familiares derivados CW-2 de un no inmigrante con clasificación CW-1, deberán salir de Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI, por sus siglas en inglés) dentro del plazo de los 10 días siguientes a que se venza el periodo de validez de la visa CW-1, a no ser que tengan alguna otra autorización para permanecer bajo la ley de inmigración estadounidense.

Peticiones sujetas a la cantidad máxima reglamentaria de visas CW-1

Las siguientes peticiones de visas con Formulario I-129CW están sujetas usualmente a la cantidad máxima reglamentaria de peticiones CW-1:

  • Peticiones de nuevo empleo, y
  • Peticiones de extensión de estadía

Todos los trabajadores CW-1 están sujetos a la cantidad máxima reglamentaria a menos que el trabajador ya haya sido contado hacia la cantidad máxima reglamentaria durante el mismo año fiscal. El año fiscal del gobierno estadounidense comienza el 1 de octubre y culmina el 30 de septiembre.

La cantidad máxima reglamentaria CW-1 no aplica a los dependientes CW-2.

USCIS exhorta a los empleadores CW-1 que presenten una petición para un trabajador no inmigrante CW-1 hasta con 6 meses de antelación de la fecha solicitada de comienzo de empleo, lo más pronto posible dentro de ese plazo. Sin embargo, por favor debe tener en cuenta USCIS rechazará las peticiones presentadas con más de 6 meses de antelación.

Otras clasificaciones

USCIS les recomienda a los empleadores y empleados a que revisen la página “Trabajar en los Estados Unidos” para ver una lista de las clasificaciones disponibles para trabajadores temporales y permanentes. Puede obtener una descripción general de cada clasificación, junto con criterios de elegibilidad y otros requisitos en los enlaces que provee la página.

Para más información sobre el programa de trabajadores CW-1, visite la página CW-1: Trabajadores Transicionales Solo CNMI (en inglés) en o llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente al  1-800-375-5283.

Última Revisión/Actualización:
10/21/2016
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