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      • I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial
      • I-600, Petición para Clasificar Huérfano como Familiar Inmediato
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Procedimientos para la Presentación y Procesamiento del Formulario I-140, Petición de Inmigrante como Trabajador Extranjero

Use este formulario para solicitarle a USCIS que clasifique a un no ciudadano como una persona elegible para una visa de inmigrante basada en el empleo. Por lo general, el empleador presenta el Formulario I-140 para el no ciudadano.

En esta página encontrará información sobre:

  • Consejos generales de presentación del formulario
  • Presentación de un Formulario I-140 que requiere una certificación laboral aprobada por DOL
  • Presentación de evidencia
  • Cómo solicitar o cambiar de categorías de visas
  • Transferibilidad del empleo bajo INA 204(j)
  • Cómo retirar su Formulario I-140
  • Empleadores “sucesores en intereses” (SII)

Consejos Generales para Presentación del Formulario

Para garantizar que no rechacemos su Formulario I-140, por favor asegúrese de enviar su formulario con la información correcta y la documentación de apoyo bien organizada.  Siga los consejos que aparecen en la página Consejos de Presentación de Formularios con USCIS para asegurarse que aceptemos su Formulario I-140 para procesamiento.

Además, a continuación encontrará algunos consejos que debe seguir para presentar el Formulario I-140:

  • Use la versión más reciente del formulario, la cual puede encontrar en nuestra página del Formulario I-140.
  • En algunas ocasiones transferimos las cargas de trabajo entre los centros de servicio, por lo que debe asegurarse que envía el formulario a la dirección de presentación más reciente. Consulte la página Direcciones de Presentación Directa del Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero para conocer dónde debe presentar su Formulario I-140. 
  • Asegúrese de que el solicitante firme el Formulario I-140.
  • Si presenta el Formulario I-140 con otras solicitudes relacionadas a nombre del beneficiario, escriba el nombre del beneficiario en el documento de pago (por ejemplo, en la línea de concepto en un cheque).
  • Envíe un cheque por formulario. Si utiliza un solo cheque para pagar más de un Formulario y determinamos que usted no presentó apropiadamente uno de los formularios, rechazaremos TODOS los formularios.
  • Si envía el Formulario I-907, Solicitud de Servicio de Procesamiento Prioritario, con el Formulario I-140, debe pagar cada tarifa de presentación por separado. Si envía un pago único de tarifa combinada para estos formularios, rechazaremos el paquete completo.
  • Si corresponde, envíe el Formulario G-28, Notificación de Comparecencia como Abogado o Representante Autorizado con firmas originales.

Cómo Completar el Formulario I-140

  • Asegúrese de proporcionar la información de contacto del peticionario (no del abogado) en la Parte 1.
  • Seleccione solo una categoría de visa de preferencia en la Parte 2. Rechazaremos su formulario si usted deja la Parte 2 en blanco o si selecciona más de una categoría de visa de preferencia.
  • Si el beneficiario será colocado en una localidad del cliente, por favor indique la dirección de la localidad en la Parte 6.
  • Para la presentación de E11 y exención por interés nacional, por favor incluya información en la Parte 6.Como mínimo, complete: 1. Título del Empleo; 2, Código SOC; y 3. Una descripción no técnica del empleo. Necesitamos esta información para verificar la iniciativa empresarial propuesta del beneficiario/auto peticionario o cómo tiene planificado continuar con el empleo en su área de especialización en Estados Unidos.

Cómo Presentar un Formulario I-140 que Requiere la Certificación Laboral Aprobada por DOL

Si usted presenta el Formulario I-140 y solicita una categoría de visa que requiere una certificación laboral aprobada por el Departamento del Trabajo (DOL), revisaremos su formulario para verificar que la solicitud está apoyada por una certificación laboral válida. Las categorías de visa incluyen:

  • E21, Miembros de profesiones que poseen un posgrado o un extranjero de habilidades extraordinarias (Formulario I-140, Parte 2. opción d.);
  • E32, Profesional (Formulario I-140, Parte 2. opción e.);
  • E31, Trabajador diestro (Formulario I-140, Parte 2. opción f.); y
  • EW3, Otros trabajadores (Formulario I-140, Parte 2. opción g.).

Debe presentar la certificación laboral junto con su Formulario I-140 durante el plazo de 180 días de validez indicado al final de cada página de la certificación laboral de DOL. Rechazaremos cualquier Formulario I-140 que no incluya una certificación laboral de DOL, a menos que indique claramente que está presentando bajo una de las dos excepciones indicadas abajo:

  • Si necesita una certificación laboral duplicada, marque la casilla en la Parte 4, Ítem 10 del formulario. Escriba en letra grande y en negrillas en una hoja de papel de color brillante y coloque el papel directamente debajo de su Formulario I-140.
  • Si va a presentar el Formulario I-140 como una petición modificada y la certificación laboral original ya ha sido presentada con otro Formulario I-140, marque la casilla en la Parte 4, Ítem 9 del Formulario. Ponga una hoja de papel de color brillante directamente debajo del Formulario I-140 y escriba en tamaño de letra grande y en negrillas que este Formulario I-140 es una petición modificada y que la certificación laboral ya ha sido presentada. También, proporcione el número de recibo del Formulario I-140 presentado anteriormente, si lo tiene.

Si el plazo de validez de la certificación laboral caduca un sábado, domingo o en un día de fiesta nacional aceptado, aceptaremos su Formulario I-140 con la certificación laboral el próximo día hábil. Si presenta su Formulario I-140 con una certificación laboral caducada después del próximo día laboral, lo rechazaremos.

La certificación laboral aprobada debe ser firmada por el empleador, un agente/representante, y el beneficiario antes de presentarlo junto con el Formulario I-140.

Si presenta su solicitud bajo la categoría de visa E21, Extranjero con habilidades extraordinarias y NO solicita una exención de interés nacional (Formulario I-140, Parte 2. Opción i), asegurarse de indicar cuál de los 6 criterios regulatorios intenta satisfacer el beneficiario e identificar la evidencia correcta para cada criterio.

A continuación encontrará consejos adicionales para presentar una petición del Formulario I-140 que requiere una certificación laboral

  • Organice su paquete del Formulario I-140 en este orden:
    1. Formulario G-28, Notificación sobre Comparecencia como Abogado o Representante Autorizado, si alguno;
    2. Formulario I-140;
    3. Copia original de la certificación laboral; y
    4. Otros documentos de apoyo, incluidos.
  • Registros académicos oficiales, tales como diplomas y transcripciones de calificaciones académicas, para demostrar que el beneficiario cumple con cualquier requisito académico para el puesto;
  • Cartas de experiencia de trabajo de parte de empleadores anteriores con los nombres, direcciones, títulos del empleado y una descripción de la experiencia del beneficiario para demostrar que el beneficiario cumple con todos los requisitos de experiencia de trabajo relacionada con el puesto;
  • Cartas de capacitación de parte de los capacitadores con el nombre, dirección y título de éste, y una descripción de la capacitación que recibió para mostrar que el beneficiario cumple con cualquier capacitación requerida para el puesto;
  • Declaraciones de impuestos federales, informes financieros auditados o informes anuales que indiquen que tienen la capacidad de pagar el salario ofrecido al beneficiario.

Cómo Presentar Evidencia

Agrupe su evidencia según los requisitos de elegibilidad que intenta cumplir:

  • Si el beneficiario puede tener derecho a una fecha de prioridad anterior basada en un Formulario I-140 previamente aprobado, proporcione una declaración al respecto. Incluya una copia del Formulario I-797, Notificación de Aprobación para el Formulario I-140 anterior.
  • Si usted está evidenciando las publicaciones del beneficiario o las citas hechas a las publicaciones del beneficiario, por favor subraye o marque el nombre del beneficiario en los artículos pertinentes. No tiene que enviar una copia completa de la disertación, tesis o artículo de investigación del beneficiario, o de la persona que ha citado el trabajo del beneficiario. Simplemente usted puede incluir la página de título y las porciones que citen el trabajo del beneficiario, así como la sección de “trabajos citados” o bibliografía.
  • Si usted va a presentar una cantidad sustancial de documentos junto con su petición, coloque pestañas e identifique la evidencia en la parte inferior de la primera página de cada pieza de evidencia, y proporcione una lista de la evidencia que está presentando y a qué criterios de elegibilidad se refiere dicha evidencia. Si presenta una documentación que puede apoyar varios requisitos de elegibilidad, identifique esos requisitos en su lista.
    • Si utiliza pestañas, colóquelas en la parte inferior de las páginas en lugar de a los lados.
    • Si va a presentar su solicitud en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, por favor utilice hojas de papel de color, para dividir sus documentos en lugar de pestañas, ya que se hace difícil escanear con pestañas.
  • No presente múltiples copias de la evidencia. Un grupo de copias de las evidencias es suficiente. Además, cuando responda a una Solicitudes de Evidencia, Notificación de Intención de Denegación, o Notificación de Intención de Revocación, haga referencia a evidencia presentada previamente. No necesita volver a presentar evidencia que ya presentó.
  • Puede presentar evidencia secundaria si no puede obtener la documentación requerida o la documentación requerida no existe. No obstante, tiene que presentar una explicación detallada de por qué la evidencia requerida no existe o por qué no puede obtenerla. Esta explicación será una adición a su evidencia secundaria.
  • Si la evidencia secundaria tampoco está disponible, puede presentar una declaración jurada. En cuanto presenta una declaración jurada como evidencia, debe presentar una explicación que muestre que un documento requerido y evidencia secundaria relevante no existe ni tampoco la puede obtener.
  • Las declaraciones juradas no pueden venir del peticionario ni el beneficiario. Cualquier persona que escriba la declaración jurada debe tener conocimiento directo personal del evento y las circunstancias y debe jurar o afirmar la información en la declaración jurada.

Consejos de Presentación para Categorías de Visa Específicas que No Requieren una Certificación Laboral Aprobada por DOL

E11, Extranjeros con Aptitudes Extraordinarias (Formulario I-140, Parte 2. Opción a.)

  • Indique cuál de los 10 criterios normativos intenta cumplir la persona y la evidencia relevante para cada criterio particular.
  • Proporcione una declaración y evidencia de que la persona viene a Estados Unidos para continuar siendo empleado en su área de aclamación nacional o internacional. (Vea 8 C.F.R. 204.5(h).)

E12, Profesor o investigador destacado (Formulario I-140, Parte 2. Opción b.)

  • Identifique cuál de los seis criterios normativos intenta satisfacer el beneficiario y la evidencia pertinente para cada criterio individual.
  • Proporcione evidencia de que el beneficiario posee al menos tres años de experiencia en la enseñanza y/o investigación en el campo académico.
  • Presente una copia de la oferta de empleo actual que el peticionario le ofreció al beneficiario. Esta carta o contrato debe incluir el título del empleo, los términos y condiciones de la posición ofrecida.
  • Si el beneficiario ha cambiado de posición desde que fue contratado inicialmente, envíe los documentos enumerados arriba por cada posición que el beneficiario ha tenido. (Vea 8 C.F.R. 204.5 (i).)

E13, Ciertos ejecutivos o gerentes de una multinacional (Formulario I-140, Parte 2. Opción c.)

  • Proporcione evidencia y una carta de presentación que describa:
    • El nombre del empleador extranjero;
    • Posición ofrecida en Estados Unidos y descripción del desempeño;
    • Posición que tenía en el extranjero y descripción del desempeño;
    • Años en el empleo;
    • Fecha en que el beneficiario fue transferido a Estados Unidos, si aplica, y
    • Relación declarada entre el empleador extranjero y el peticionario estadounidense (como por ejemplo si es una afiliada, subsidiaria, empresa conjunta, etc.)
  • Proporcione evidencia que demuestre que el empleador estadounidense ha estado haciendo negocios durante al menos un año antes de presentar el Formulario I-140. (Vea 8 C.F.R. 204.5 (j).)

E21, Miembros de profesiones que poseen un posgrado o un extranjero de habilidades extraordinarias que solicita una exención por interés nacional (Formulario I-140, Parte 2. Opción 1.i.)

  • Identifique cómo cualifica el beneficiario para la clasificación como miembro de una profesión con un posgrado (por ejemplo, el beneficiario tiene un posgrado o un grado de bachillerato (licenciatura) seguido de más de cinco años de experiencia progresiva, o el beneficiario califica como persona con habilidades extraordinarias).
  • Proporcione la evidencia que cumpla con estos tres criterios:
    • La tarea que se le ha propuesto al nacional extranjero tiene mérito sustancial e importancia nacional;
    • El extranjero está bien posicionado para crear avances en el área, y
    • En general, puede ser de beneficio a Estados Unidos eximirle de los requisitos de una oferta de empleo y de aquellos de la certificación laboral. (Vea8 C.F.R. 204.5(k) y Matter of Dhanasar, 26 I&N Dec. 884, Int. Dec. 3363 (AAO 2016).

Anejo A, Escasez en ocupaciones de los Grupos I y II (Formulario I-140, Parte 2, Opción 2.b)

  • Presente un Formulario 9089 ETA, Solicitud de Certificación de Empleo Permanente (PDF) completado y firmado, que no haya sido certificado por el Departamento del Trabajo.

Cómo solicitar o Cambiar de Categorías de Visas

Si usted quiere corregir la categoría de visa que eligió en la Parte 2 del Formulario I-140

Cuando aceptamos su Formulario I-140 para procesamiento, creamos un registro electrónico y le enviamos por correo un Formulario I-797, Notificación de Acción, (notificación de recibo) a usted o al representante que indica el Formulario G-28. La notificación de recibo indicará la categoría de visa que solicitó en la Parte 2 de su Formulario I-140. Asegúrese que esa categoría es la correcta. Si no es la correcta (por ejemplo, si usted o USCIS cometió un error clerical), llame inmediatamente al Centro de Contacto de USCIS al 1-800-375-5283 o (TTY 1-800-767-1833) para solicitar que cambiemos la clasificación de visa antes de que tomemos una decisión sobre su solicitud.

Aunque usted puede solicitar que cambiemos la clasificación de visa para corregir un error clerical en la Parte 2, tomaremos la decisión final sobre si cambiaremos la clasificación de visa según todos los datos de su caso. Si denegamos su Formulario I-140 porque usted es inelegible para la categoría de visa solicitada, también denegaremos cualquier Formulario que presentó con la solicitud (por ejemplo, Formulario I-485, Formulario I-765 o Formulario I-131).

No podemos cambiar la categoría de visa si ya hemos tomado una decisión sobre su Formulario I-140.

Si usted quiere que USCIS considere varias categorías de visas para un beneficiario

Si usted quiere clasificar al beneficiario bajo varias categorías de preferencias de visa, debe presentar un Formulario I-140 individual por cada categoría de visa. También debe pagar la tarifa requerida por cada Formulario I-140 y presentar los documentos de apoyo para cada categoría de visa solicitada.

Transferibilidad del empleo bajo INA 204(j)

Usted que es beneficiario de una petición I-140, puede solicitar cambiar de empleo o de empleadores bajo INA 204(j), lo que se conoce como “transferibilidad”, si:

  • Es el beneficiario de un Formulario I-140 que ha sido aprobado,
    • Si su Formulario I-140 está en trámite, debe haber sido válido cuando usted presentó la solicitud. Esto significa que al momento en que presentó el Formulario I-140, usted debe haber sido elegible para la clasificación de visa basada en el empleo y tener una oferta de empleo válida.
  • Presentó un Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus, y la misma ha estado en trámite durante 180 días o más; y
  • Le interesa cambiar a un empleo nuevo que está en la misma clasificación ocupacional o una clasificación similar.

Si usted solicita cambiar de empleo o de empleadores bajo INA 204(j) mientras su Formulario I-140 está en trámite, debemos aprobar su Formulario I-140 antes de que aprobemos su solicitud de transferibilidad de empleo.

Cómo solicitar la transferibilidad

Para solicitar la transferibilidad bajo INA 204(j), usted y su posible empleador (este puede ser un empleador actual o futuro, o auto empleo) debe completar el Suplemento J del Formulario I-485 y presentarlo con el centro de servicio de USCIS donde actualmente está tramitándose su Formulario I-485, según indica su notificación de recibo en la sección Donde Presentar o en la oficina local de USCIS en el momento de la entrevista. El Suplemento J debe especificar:

  • El título de la posición, código del Estándar de Clasificaciones Ocupacionales (SOC) y las tareas de la posición ofrecida
  • La fecha en que comenzó el empleo con su empleador, si corresponde y
  • El salario o sueldo ofrecido.

El Suplemento J debe estar firmado por usted y la autoridad competente que está autorizada para confirmar una oferta de empleo permanente en la organización de su nuevo empleador. Para instrucciones de presentación del formulario adicionales e información sobre dónde debe presentarlo, por favor revise la página del Suplemento J del Formulario I-485.

Cuando usted presenta el Suplemento J del Formulario I-485 para solicitar la transferibilidad del empleo bajo INA 204(j), primero determinamos si usted es el beneficiario de un Formulario I-140 aprobado. Si no lo es, entonces determinaremos si el Formulario I-140 que está en trámite y no ha sido aprobado, tenía posibilidades de ser aprobado cuando lo presentó y puede continuar siéndolo hasta que aprobemos el Formulario I-1485 asociado a éste, que ha estado en trámite por 180 días. Puede que le enviemos una solicitud de videncia antes de hacer esta determinación.

Si determinamos que podemos aprobar su Formulario I-140, adjudicaremos su Suplemento J. Determinaremos si su nueva posición es la misma o es similar propósitos de la transferibilidad de empleo bajo INA 204(j) y del Formulario I-485.

Vea los criterios publicados en 8 C.F.R. §§ 245.25(a)(2)(ii)(B)(1) y (2) para más información.

Mociones y Apelaciones

Si usted es el beneficiario del Formulario I-140, típicamente no puede apelar o presentar una moción acerca de la decisión que tomamos sobre el Formulario I-140. Tampoco recibirá notificaciones acerca de dichos procedimientos. Sin embargo, hay una excepción. Puede recibir notificaciones y tener la oportunidad presentar una moción o apelación en la revocación de procedimientos si cumple con los siguientes requisitos:

  • Anteriormente tenía un Formulario I-140 aproado que luego USCIS revocó, o que inició el proceso de revocación
  • Presentó el Formulario I-485 basado en un Formulario I-140 valido, y dicho Formulario I-485 lleva en trámite por un periodo de 180 días o más ;
  • Presentó un Formulario I-485 Suplemento J después del 17 de enero de 2017 para solicitar la portabilidad del trabajo o envió una solicitud de portabilidad antes del 17 de enero de 2017, a través de una carta escrita u otra forma de comunicación aceptable; y
  • USCIS aprobó la solicitud de transferibilidad.

Si cumple los requisitos mencionados arriba, puede proporcionar evidencia en respuesta a la Notificación de Intención de Revocar un Formulario I-140 ya aprobado anteriormente. Si revocamos su Formulario I-140 aprobado, también puede presentar una apelación o moción con el Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción. Por favor vea la página web del Formulario I-290B para instrucciones de presentación.

Cómo retirar su Formulario I-140

El peticionario puede pedir que se retire un Formulario I-140 en cualquier momento. Sin embargo, si el peticionario solicita retirar un Formulario I-140 que ya había estado aprobado por al menos 180 días, o si el Formulario I-485 había estado en trámite por al menos 180 días, no revocaremos el Formulario I-140 que fue aprobado y el beneficiario retendrá la fecha de prioridad del formulario I-140.

Consideraremos que se ha retirado la oferta de empleo, pero el Formulario I-140 se mantendrá aprobado para propósitos de la transferibilidad de empleo bajo INA 204(j), a menos que lo revoquemos por otras razones. Vea 8 CFR. § 205.1(a)(3)(iii)(C) (revisada al 17 de enero de 2017).

Para poder convertirse en un residente permanente legal a base de la continuidad de aprobación de este Formulario I-140, el beneficiario debe obtener una nueva oferta de empleo bajo INA 204(j) o que se presente una nueva petición I-140 a su nombre.

Cómo retirar un Formulario I-140

Para solicitar que se retire un Formulario I-140, usted debe presentar:

  • Una declaración que indique que el peticionario desea retirar la petición
  • El número de recibo de la petición I-140
  • El nombre, dirección y número de teléfono del peticionario
  • El nombre del beneficiario
  • El número A del beneficiario, si lo conoce y
  • La firma del peticionario o la firma del representante autorizado que está en el Formulario G-28.

Utilice la siguiente tabla para determinar dónde enviar su solicitud por correo:

Si su Formulario I-140 está en trámite o fue aprobado en el… Envíe su solicitud para retirar la petición a...
  • Centro de Servicio de Texas

 O

  • Centro de Servicio de Vermont

USCIS Texas Service Center
PO Box 851745
Mesquite, TX 75185

  • Centro de Servicio de Nebraska

O

  • Centro de Servicio de California

USCIS Nebraska Service Center
P.O. Box 82521
Lincoln, NE 68501-2521

Empleadores Sucesores en Interés (SII)

Cuando una empresa es comprada, fusionada, cambia su nombre o estructura corporativa, o cambia significativamente de propietarios, la empresa nueva o reorganizada generalmente puede ser considerada un sucesor en interés (SII) de la empresa original. Permitimos que los empleadores SII utilicen la certificación de trabajo aprobada por el empleador original al presentar un Formulario I-140 para el beneficiario nombrado en la certificación laboral.

Cómo USCIS determina si un empleador es un Empleador SII

Para determinar si una compañía es un empleador SII que puede usar la certificación laboral aprobada por el empleador original, evaluamos tres factores:

  1. La oportunidad de empleo ofrecida por el empleador SII debe ser la misma que la oportunidad de trabajo ofrecida originalmente en la certificación laboral. Cuando tomamos esta determinación examinamos las tareas asignadas a la posición para ver si el empleo aún sigue siendo el mismo. También revisamos los cambios al título del puesto, aumentos salariales a través del tiempo, y otros cambios menores (tales como un cambio en el software que utiliza) como parte del registro general para tomar la decisión.
  2. La responsabilidad de la prueba para demostrar elegibilidad es del empleador SII. Esto incluye proveer la evidencia requerida de parte de la compañía original, como por ejemplo evidencia de la capacidad que tenía la compañía original para pagar el salario ofrecido desde la fecha en que presentó la certificación laboral hasta la fecha del evento SII, y la capacidad del sucesor en interés de pagar el salario pre ofrecido desde el evento SII hasta que el beneficiario adquiera el estatus de residente permanente.
  3. Para que exista una relación SII válida entre el empleador SII y la compañía original que presentó la certificación laboral, el peticionario debe describir y documentar en su totalidad cómo el empleador SII asumió la propiedad de la compañía original.

Categorías de visas que requieren una determinación SII

Permitimos que los empleadores SII solo para las clasificaciones de visas que requieren Formulario I-140 que:

  • Requieran una oferta de empleo, y
  • Deben estar apoyados por una certificación laboral aprobada por el Departamento del Trabajo.

Las determinaciones SII no aplican en casos en los que el beneficiario solicita la transferibilidad bajo INA 204(j) a base de un Formulario I-140 aprobado ya que no tienen que ver un nuevo Formulario I-140 para poder tomar la determinación sobre INA 204(j).

Use la siguiente tabla para información sobre la determinación SII:

Clase / Subcategoría ¿Hará USCIS una determinación sobre SII?

E11, Extranjeros con Aptitudes Extraordinarias

No. La clasificación de visa E11 no requiere una oferta de empleo.

E12, Profesor o investigador destacado

No. La clasificación de visa E12 tiene unos requisitos de elegibilidad de clasificación específicos para los peticionarios. Esto significa que el empleador peticionario debe demostrar que es una institución de educación superior o una firma privada de investigación que emplea al menos tres investigadores a tiempo completo. Vea 8 CFR 204.5(i). No se requiere una certificación laboral individual.

E13, Ejecutivo o gerente de una multinacional

No. La clasificación de visa E13 tiene unos requisitos de elegibilidad de clasificación específicos para los peticionarios. Esto significa que la entidad debe ser una multinacional con una relación que califique con el gobierno extranjero que empleó al beneficiario en el extranjero. Vea 8 CFR 204.5(j). No se requiere una certificación laboral individual, pero se debe presentar una oferta de empleo propuesto del empleador estadounidense.

E21, Extranjero que poseen un posgrado o un extranjero de habilidades extraordinarias que tiene una certificación laborar individual

Sí

E21, Exención por Interés Nacional

No. La clasificación de visa E21 exención por interés nacional no requiere una oferta de empleo o certificación laboral.

E21 o "EB3", Anejo A, Grupo I o II

No. Estas subcategorías de clasificación del Anejo A tienen requisitos específicos para el trabajo ofrecido por el peticionario que deben cumplirse antes de que el peticionario presente el Formulario I-140 con nosotros. Vea 20 CFR 656.

E32, Profesional

Sí

E31, Trabajador diestro

Sí

EW3, Otros trabajadores

Sí

Cómo solicitar procesamiento consolidado para Casos SII

Evaluamos cada petición SII a base de los tres factores listados en la sección Cómo USCIS determina si un empleador es un empleador SII, arriba, y adjudicaremos cada petición por sus propios méritos. Sin embargo, usted puede solicitar que aceptemos varias peticiones basadas en la misma transferencia y posesión junto con la documentación de evidencia consolidada de dicha transacción. Si concedemos su petición, adjudicaremos esas peticiones en el mismo centro de servicio y/o al mismo tiempo.

Envíe esas peticiones de procesamiento consolidado de casos SII al Centro de Contacto de USCIS. El Centro de Contacto de USCIS reenviará las peticiones al (a los) centro(s) de servicio(s) apropiado(s) para que se tome la decisión, la cual usted deberá recibir dentro de 30 días de haber hecho la petición. El director del centro determinará si aprobará su petición de procesamiento consolidado.

Última Revisión/Actualización:
08/29/2022
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